Ciudad Santa Fé
Jatón envió un Mensaje al Concejo para la protección del patrimonio cultural santafesino
- La iniciativa busca resguardar los bienes muebles e intangibles de la ciudad, a través de un régimen jurídico. En ese sentido, crea una comisión municipal de protección y un inventario para garantizar la preservación, salvaguarda y promoción del patrimonio cultural santafesino.
- La semana pasada, en el Honorable Concejo Municipal de la ciudad, se dio ingreso a un Proyecto de Ordenanza remitido por el intendente Emilio Jatón que busca proteger el patrimonio cultural tanto material como intangible de Santa Fe Capital. El mismo tiene como objetivo establecer un régimen jurídico para los bienes muebles y los elementos inmateriales que conforman el patrimonio cultural local, mediante la regulación de acciones de preservación, salvaguarda y promoción.
- Entre otros puntos, se propone crear un inventario, establecer los criterios por los cuales cada bien será considerado sujeto a la normativa y disponer una serie de medidas de salvaguarda y fomento para garantizar el derecho a la cultura, a la diversidad cultural y a la integración social. A tales efectos, solicita la creación de una Comisión Municipal de Protección del Patrimonio Cultural Mueble e Inmaterial, como órgano asesor.
- Para ello, clasifica los bienes según pertenezcan al Estado municipal o a particulares, siempre que tengan valores culturales relevantes para los habitantes de la ciudad de Santa Fe. Esa valoración puede ser de criterio histórico, estético o simbólico.
- En todos los casos, la incorporación o exclusión de bienes al inventario puede ser solicitada por el municipio, la Comisión creada a tales efectos, el Concejo o cualquier persona física o jurídica que demuestre su interés. A su vez, quienes posean bienes inscriptos en el inventario deben realizar las acciones de preservación, conservación y restauración conforme los medios técnicos disponibles y pertinentes y de ningún modo podrán ser enajenados, destruidos o embargados.
- Respecto del patrimonio cultural inmaterial, incluye representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas junto con instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que comunidades, grupos o individuos que habitan en la ciudad reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. En este caso, el inventario será un registro de información dirigido a identificar y salvaguardar esos elementos (tradiciones y expresiones orales; artes del espectáculo; usos sociales, rituales y actos festivos; conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo; y técnicas artesanales tradicionales).
- Sobre el acceso a estos, se aclara que la inclusión en el inventario no otorgará derechos de propiedad intelectual, de modo que ningún particular podrá atribuirse la titularidad del Patrimonio Cultural Inmaterial, ni afectar los derechos fundamentales, colectivos y sociales que las personas y las comunidades tienen para su acceso, disfrute, goce o creación.
- Por otra parte, establece multas económicas para quienes impidan el examen o la inspección de cada bien, obstaculicen el acceso público, modifiquen su localización física, incumplan las condiciones de transmisión o lo destruyan. Lo recaudado por este concepto será incorporado a un Fondo Especial para la Protección del Patrimonio Mueble e Inmaterial y aplicado para la ejecución de obras de conservación y la restauración del patrimonio mueble o salvaguardia del patrimonio inmaterial de la ciudad de Santa Fe.
- Y, finalmente, el texto fija medidas de fomento al acceso, la preservación, la restauración, la difusión y el mantenimiento de la infraestructura que permita garantizar el derecho al patrimonio cultural mueble. Entre ellas, refiere a medidas de sensibilización y educación, de seguridad, capacitación del personal a cargo, digitalización del inventario y fomento de padrinazgo, entre otras.
- Sobre la Comisión
- El cuerpo Municipal de Protección del Patrimonio Cultural Mueble e Inmaterial dependerá de la secretaría de Educación y Cultura de la Municipalidad de Santa Fe. Estará integrada por tres representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, uno de los cuales deberá ser técnico del área de conservación de la dirección de Museos; el concejal que ejerza la Presidencia de la Comisión de Desarrollo Social, Cultura, Educación, Salud, DDHH, Género y Diversidad del cuerpo deliberativo local; un representante de la Universidad Nacional del Litoral; otro de la Universidad Católica de Santa Fe; otro de la Junta Provincial de Estudios Históricos; otro por los órganos técnicos provinciales; y uno más en representación de los portadores de elementos inmateriales incorporados en el Inventario. Los integrantes de la Comisión permanecerán en sus cargos por un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.
- Según se establece, la Comisión realizará reuniones ordinarias bimensuales y otras de carácter extraordinario cada vez que la convoque la autoridad de aplicación. Serán sus integrantes quienes dicten el reglamento de funcionamiento. Además, el órgano podrá expresarse mediante dictámenes, los cuales no tendrán carácter vinculante.
- Entre sus funciones, se cuentan las de orientar sobre las políticas que aplique el Ejecutivo relacionadas con los acervos de bienes muebles de valor cultural y de elementos del patrimonio cultural inmaterial; proponer acciones que tiendan a la preservación y difusión del patrimonio cultural de la ciudad; dictaminar sobre la incorporación de bienes al Inventario; solicitar exclusión de bienes del Inventario e intervenir ante pedidos; asesorar a la autoridad competente; dictaminar sobre intervenciones propuestas a bienes muebles; y proponer medidas para la difusión, transmisión y salvaguarda del patrimonio santafesino, entre otras.